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VENTA DE DROGAS

Casos De Venta De Drogas

CASOS DE VENTA DE DROGAS

Si usted o un ser querido ha sido arrestado por un cargo relacionado con drogas, nos encantaría tener la oportunidad de representarlo y ganar su caso. Aquí en Alcock Y Asociados, hemos manejado todo tipo de delitos relacionados con las drogas a lo largo de los años y hemos resuelto positivamente cientos de casos.

Dada la naturaleza y variedad de los casos de drogas, también hay muchas consecuencias que pueden resultar de la condena por drogas. Una cosa importante a tener en cuenta cuando se trata de condenas relacionadas con drogas es que incluso pueden afectar el estado migratorio de un individuo. A menudo se divulga información errónea, por lo que es muy importante obtener el mejor asesoramiento y representación legal profesional. Para esto, le recomendamos que visite nuestra firma de abogados para una consulta gratuita.

Nuestro dedicado y experimentado equipo de abogados tiene décadas de experiencia en casos de drogas.

Hay muchos aspectos y detalles que una persona debe saber cuando se trata de delitos relacionados con drogas. Arizona tiene algunas de las leyes más estrictas sobre drogas en los Estados Unidos. En los últimos veinte años, la legislatura estatal de Arizona ha aumentado constantemente las sanciones por condenas relacionadas con drogas. Muchas personas a menudo se sorprenden cuando se dan cuenta de cuán graves pueden ser las sanciones por estas condenas.

Ya sea metanfetamina, marihuana, cocaína o incluso píldoras recetadas, el factor más importante en un caso de drogas y condena se centra en si la droga era para uso personal o si estaba destinada a la venta.

Para aquellos acusados que se encuentran con una pequeña cantidad de drogas para uso personal por primera vez, a menudo se les ofrece la alternativa de un programa de rehabilitación. Este tipo de programas de rehabilitación requieren que el individuo participe en terapia y pruebas de drogas. Una vez que se complete el programa, el caso será desestimado.

Como se indicó anteriormente, si un individuo se enfrenta a un cargo relacionado con drogas, puede afectar su estado de inmigración. Del mismo modo, si está considerando tomar este tipo de programa de rehabilitación, tenga en cuenta que puede afectar negativamente su estado migratorio. Antes de aceptar cualquier tipo de programa, le recomendamos encarecidamente que acuda a nuestra firma de abogados para una consulta gratuita para que nuestros abogados puedan ver su caso en detalle y brindarle asesoramiento legal preciso.

Si el gobierno determina que usted estaba en posesión de drogas que estaban a la venta, puede enfrentar encarcelamiento. En Arizona, la posesión de narcóticos y drogas peligrosas se considera un delito grave de clase 2, lo que significa que, por primera vez, pueden ser castigados con 3 a 12.5 años de prisión. En términos de condenas por marihuana, depende de la cantidad de marihuana que el acusado poseía.

13-3407. Posesión, uso, administración, adquisición, venta, fabricación o transportación de drogas peligrosas; clasificación

  1. Una persona no debe intencionadamente:
  2. Poseer o utilizar una droga peligrosa.
  3. Poseer una droga peligrosa para su venta.
  4. Poseer equipo o químicos, o ambos, con el propósito de fabricar una droga peligrosa.
  5. Fabricar una droga peligrosa.
  6. Administrar una droga peligrosa a otra persona.
  7. Obtener o conseguir la administración de una droga peligrosa por medio de fraude, engaño, falsa representación o subterfugio.
  8. Transportar una droga peligrosa para su venta, importación a este estado u ofrecer su transportación para venta o importación a este estado, vender, transferir u ofrecer su venta o transferencia.

13-3408. Posesión, uso, administración, adquisición, venta, fabricación o transportación de drogas narcóticas; clasificación

  1. Una persona no debe intencionadamente:
  2. Poseer o utilizar una droga narcótica.
  3. Poseer una droga narcótica para su venta.
  4. Poseer equipo o químicos, o ambos, con el propósito de fabricar una droga narcótica.
  5. Fabricar una droga narcótica.
  6. Administrar una droga narcótica a otra persona.
  7. Obtener o conseguir la administración de una droga narcótica por medio de fraude, engaño, falsa representación o subterfugio.

13-3405. Posesión, uso, producción, venta o transportación de marihuana; clasificación

  1. Una persona no debe intencionadamente:
  2. Poseer o utilizar marihuana.
  3. Poseer marihuana para su venta.
  4. Producir marihuana.
  5. Transportar marihuana para su venta, importación a este estado u ofrecer su transportación para venta o importación a este estado, vender, transferir u ofrecer su venta o transferencia.
  1. Inciso A, párrafo 1 de esta sección implica una cantidad de marihuana que no se poseía para su venta y que tenga un peso de menos de dos libras, es culpable de un crimen mayor clase 6.
  2. Inciso A, párrafo 1 de esta sección implica una cantidad de marihuana que no se poseía para su venta y que tenga un peso de al menos de dos libras, pero menor de cuatro libras, es culpable de un crimen mayor clase 5.
  3. Inciso A, párrafo 1 de esta sección implica una cantidad de marihuana que no se poseía para su venta y que tenga un peso de cuatro libras o más, es culpable de un crimen mayor clase 4.
  4. Inciso A, párrafo 2 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de menos de dos libras, es culpable de un crimen mayor clase 4.
  5. Inciso A, párrafo 2 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de al menos de dos libras, pero no más de cuatro libras, es culpable de un crimen mayor clase 3.
  6. Inciso A, párrafo 2 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de más de cuatro libras, es culpable de un crimen mayor clase 2.
  7. Inciso A, párrafo 3 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de menos de dos libras, es culpable de un crimen mayor clase 5.
  8. Inciso A, párrafo 3 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de al menos de dos libras, pero no más de cuatro libras, es culpable de un crimen mayor clase 4.
  9. Inciso A, párrafo 3 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de más de cuatro libras, es culpable de un crimen mayor clase 3.
  10. Inciso A, párrafo 4 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de menos de dos libras, es culpable de un crimen mayor clase 3.
  11. Inciso A, párrafo 4 de esta sección implica una cantidad de marihuana que tenga un peso de dos libras o más, es culpable de un crimen mayor clase 2.

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