LEY DE ACTO DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Aquí en Alcock and Associates hemos sido extremadamente dedicados a ayudar a clientes que tienen varios casos de inmigración, incluida la renovación de su residencia. Hemos sido muy afortunados de poder acompañar a nuestros clientes a lo largo de sus casos de inmigración y proceso legal.
En nuestra oficina hemos visto cuánto estrés y ansiedad sufren las personas cuando se trata de un proceso legal o de inmigración. También nos enorgullece informar al público con información legal oportuna, relevante y precisa con respecto a su caso.
Aquí en nuestra firma de abogados, contamos con un equipo de abogados comprometidos, dedicados, receptivos y responsables que están aquí para trabajar para usted. Todo el proceso de inmigración puede ser muy largo y complicado para muchos, por eso es muy importante y crucial contar con la persona adecuada a su lado porque puede marcar la diferencia.
A lo largo de los años, hemos podido lograr cientos de resultados positivos de nuestros casos y procesos de inmigración. También ofrecemos consultas que son absolutamente gratuitas y también planes de pago razonables. Estamos aquí para estar contigo y luchar por ti.
Nuestro bufete de abogados ha tenido la oportunidad de representar a muchas personas en sus casos de VAWA, que también se conoce como la Ley de Violencia contra la Mujer. Estamos más que felices de ayudarlo en su caso, pero es muy importante que comprenda las leyes y también las opciones con respecto a su caso antes de contratar nuestros servicios.
Desafortunadamente, hay personas que no califican para este tipo de proceso. Lo que esto significa es que el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos o el USCIS no pueden darle legalmente el estado de inmigración a través de VAWA. El propósito de la siguiente información es informarle sobre las condiciones del proceso para que pueda tener en cuenta los requisitos para un ajuste del estado de inmigración.
Requisitos para el ajuste de Estado Inmigratorio:
Si hay un individuo que es un cónyuge, hijo o padre maltratado, puede solicitar una visa de inmigrante a través de la Ley de Nacionalidad e Inmigración (por sus siglas INA), según enmendada por la Ley de Violencia contra la Mujer (“VAWA”) . Aunque el nombre propio de la ley es la Ley de violencia contra las mujeres, la ley se aplica igualmente a los hombres. También hay disposiciones que permiten que los cónyuges, hijos o padres de ciudadanos de los Estados Unidos y ciertos cónyuges e hijos de residentes permanentes (titulares de residencias permanentes) presenten una solicitud VAWA por sí mismos sin que el abusador lo sepa o tenga conocimiento de ello.
El argumento para la solicitud propia es que el conyugue, hijo o padre ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal hubiese presentado una solicitud de I-130 para el solicitante si la relación un hubiese sido abusiva. Esto les permite a las victimas el hallar seguridad e independencia del abusador, a quien no se le notifica acerca de la solicitud presentada.
Requsitos para un Conyugue:
- Lo que califica como una relación conyugal:
- El solicitante está casado con el abusador que es ciudadano de los Estados Unidos o residente legal permanente,
- El matrimonio del solicitante con el abusador ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal terminó por muerte o divorcio (relacionado con el abuso) dentro de dos años antes de presentar la solicitud, o
- El solicitante cree que el o ella estaba legalmente casado con el abusador ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal, pero el matrimonio no era legitimo únicamente por la bigamia del conyugue abusador.
- El solicitante debe haber sufrido crueldad extrema y abuso del cónyuge que es ciudadano de los Estados Unidos o residente legal permanente.
- El solicitante ha sido abusado por el conyugue ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal, o
- El hijo(a) del solicitante ha sido sujeto a extrema crueldad o abuso por parte del conyugue ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal
- El solicitante se casó de buena fe, no solamente para beneficio migratorios
- El solicitante ha vivido con el conyugue ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal
- El solicitante es una persona de buen carácter moral
Requisito para un Hijo:
- Que existe una relación que califique como hijo/padre:
- El solicitante es el hijo del abusador que es ciudadano de los Estados Unidos o residente legal permanente, o
- El solicitante es el hijo del abusador ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal quien perdió su ciudadanía o su residencia permanente legal debido a un incidente de violencia domestica
- El solicitante ha sufrido extrema crueldad o maltrato por medio del padre ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal
- El solicitante ha vivido con el padre abusador ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal
- El solicitante es una persona de buen carácter moral; un niño menor de 14 años es considerado una persona de buen carácter moral
Requsitos para un Padre:
-
- Que existe una relación que califique como hijo/padre:
- El solicitante es el padre de un hijo(a) ciudadano de los Estados Unidos quien al menos tiene 21 años de edad cuando se presente la solicitud propia, o
- El solicitante es el padre de un hijo(a) ciudadano de los Estados Unidos quien perdió o renunció a su estatus de ciudadanía relacionado a un incidente de violencia domestica, o
- El solicitante es el padre de un hijo(a) ciudadano de los Estados Unidos quien al menos tenia 21 años de edad y quien falleció dentro de dos años antes de presentar la solicitud propia.
- El solicitante ha sufrido extrema crueldad o maltrato de parte del hijo(a) ciudadano de los Estados Unidos o Residente Permanente Legal
- El solicitante ha vivido con el hijo(a) abusador
- El solicitante es una persona de buen carácter moral
Para probar que ha habido una relación y que ha habido abuso, se debe presentar el documento. Estos documentos pueden incluir, registros policiales y registros de juicios judiciales, evaluaciones psicológicas y / o registros médicos, copias de licencias de matrimonio, si corresponde, copia del decreto de divorcio, si corresponde, prueba de la relación padre / hijo, si corresponde, prueba de cohabitación (impuestos presentado conjuntamente, cuentas bancarias en las que ambos eran propietarios, recibos, propiedad en la que ambos eran propietarios), comprobante de que el abusador es ciudadano de los Estados Unidos o residente permanente legal, cartas de apoyo de testigos, amigos, familiares, líderes religiosos, Declaración personal del solicitante que describe el abuso
Si la relación era con un Ciudadano de lo Estados Unidos, el solicitante puede solicitar su Tarjeta de Residencia Permanente (Ajuste de Estado Inmigratorio) al mismo tiempo que se presente la solicitud propia de VAWA. El solicitante también debe presentar un examen médico junto con su solicitud de Ajuste de estatus migratorio. El examen debe ser realizado por un cirujano civil. Un cirujano civil es un médico autorizado por los Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos para realizar específicamente estos exámenes médicos. La familia del miembro solicitante o el solicitante también debe proporcionar prueba de sus ingresos para demostrar que si el solicitante se convierte en residente permanente, no depende de la asistencia pública de los Estados Unidos. Si el peticionario no hace cierta cantidad de ingreso se necesitará un co-patrocinador. El costo para solicitar el ajuste de estado inmigratorio es de $1070.
Una persona puede solicitar VAWA, así como el ajuste de estado si tiene una entrada legal en los Estados Unidos o un período de estadía excedido después de ingresar con una visa. Una persona no será elegible para solicitar una auto-petición VAWA y un Ajuste de Estado de Inmigración, si se sabe que estuvieron fuera del estado en los Estados Unidos por más de 365 días, luego abandonaron los Estados Unidos e intentaron regresar. Esta persona solo podrá presentar una solicitud si han pasado 10 años y puede obtener un indulto. Esto se aplica tanto a los solicitantes que ingresaron legalmente como ilegalmente. Una persona necesitará un perdón si se descubre que él o ella llegó legalmente a los Estados Unidos, se quedó más del monto que se le otorgó para estar en los Estados Unidos, abandona los Estados Unidos y vuelve a ingresar, incluso con visa. Una persona que sea declarada culpable de un delito de sustancias controladas o un delito que implique un comportamiento inmoral no será elegible para un ajuste de inmigración. Un crimen de comportamiento inmoral comúnmente es un crimen que tiene la intención de robar o defraudar como un elemento, o un crimen en el cual se ocasionó daño físico por un acto intencional. Además los solicitantes de VAWA deben de demostrar que son personas de buen carácter moral y que lo han sido por los últimos cinco años, por lo tanto las condenas que se hayan obtenido cinco años antes de solicitar VAWA puede impactar su capacidad de obtenerla, a menos de que los crímenes estén atados al abuso durante la relación.